¿Qué es un co-defendant?
Los coacusados
El término co-defendant se refiere a un coacusado. Esto sucede cuando a dos o más personas se les uno bajo la misma causa penal.
Bajo la sección 1098 del código penal, cuando a dos o más personas se les uno como coacusados, se les tiene que dar un mismo juicio, al menos de que la corte ordene lo contrario. En casos muy complejos con muchos coacusados, la corte puede ordenar que un grupo de coacusados tengan un juicio juntos y otro grupo tenga un juicio aparte, o que cada coacusado tenga su propio juicio.
Cuando usted tiene coacusados es importante que su equipo legal determine las ventajas y desventajas de la situación y determinar que estrategia se empleará en el caso o si es prudente pedir que su caso se separa del de los coacusados.
Pedimento para la separación de coacusados
Bajo la sección 1098 del código penal, la separación de los coacusados generalmente queda en la discreción de la corte. Sin embargo, bajo el derecho a la confrontación o careo, contenido en la sexta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, la separación de los coacusados puede ser necesaria e inevitable cuando un coacusado hizo declaraciones fuera de la corte que impliquen al otro coacusado o coacusados. Esto es aún más latente cuando la declaración no puede ser redactada, al menos de que la fiscalía acceda a no usar las declaraciones en cuestión durante su presentación del caso.
Por lo general, el hecho de que el equipo legal de uno de los coacusados no este preparado para seguir adelante con el caso no justifica la separación de los coacusados, al menos de que parezca imposible que todos los coacusados estén disponibles y preparados para seguir con el caso al mismo tiempo.
Además de estas instancias, su equipo legal puede presentar una moción para la separación de coacusados basada en una serie de factores que las cortes han considerado como apropiados para separar los casos de los coacusados.
Estos factores incluyen lo siguiente: un juicio en conjunto resultaría en prejuicios para el coacusado ante el jurado; el jurado podría confundirse si hay múltiples cargos; la evidencia en contra de uno de los coacusados puede enfurecer al jurado en contra del resto de los coacusados; evidencia que fue excluida para uno de los coacusados aún es admisible en contra de los demás; evidencias muy fuertes en contra de un coacusado pueden fortalecer el caso de la fiscalía contra los demás acusados a pesar de no tener evidencias tan fuertes contra el resto; existe la posibilidad de que un coacusado daría un testimonio exonerarte el juicio de su coacusado si los juicios fueran separados; la insistencia de la fiscalía en que los casos se lleven juntos es de mala fe, es para causar una demora innecesaria, o es con el fin de ganar una ventaja injusta en contra de uno de los coacusados; etc.
Conflictos de interés
Los abogad@s tenemos la obligación de evitar conflictos de interés que infrinjan en el derecho constitucional del acusado a recibir asistencia efectiva de su abogad@. Cuando en un caso hay coacusados el riesgo de infringir en este derecho es elevado si los coacusados son representados por la misma persona o firma de abogad@s.
Esto es muy importante en el contexto de la oficina de un defensor público, ya que la práctica de nuestras oficinas es de nunca representar a más de un coacusado en el mismo caso, e inmediatamente declarar un conflicto de intereses y solo aceptar representar a uno de los acusados. Esto no quiere decir que la persona ahora estará obligada a contratar un equipo legal por su propia cuenta.
En muchos de los condados de California hay una oficina de defensor público, y una oficina del defensor alterno, la cual acepta casos cuando el defensor público tiene algún conflicto legal en el caso. Si la oficina del defensor alterno también tiene un conflicto, porque son más de dos acusados, o por algún otro motivo válido, la persona aún está constitucionalmente garantizada a la asignación de un abogad@. Lo que sucede en esta instancia es que la corte le asigna un abogad@ que ejerce como abogad@ privado, pero también acepta casos asignados por la corte y la corte cubre los gastos.
¿Qué pasa si mi coacusado se declara culpable?
Si un coacusado se declara culpable eso no quiere decir que esa declaración de culpabilidad pueda ser utilizada en contra de los demás coacusados, al menos de que la declaración de culpabilidad haya sido parte de una conspiración.
Lo que si es un riesgo importante cuando hay coacusados es que es permisible que la fiscalía le otorgue inmunidad a un coacusado para declarar en contra de los demás (para declarar con la verdad en el caso del coacusado o coacusados).
Y ya cuando se llega a un juicio, aunque no haya un coacusado que se convierta en testigo para el gobierno, siempre hay la posibilidad que la defensa de uno de los acusados esté diseñada en base, o en parte, a echarle la culpa a los demás una vez que su abogad@ le presente su caso al jurado, y viceversa.
Pero también es posible que todos los coacusados presenten una defensa uniforme, atacando la veracidad de las pruebas de la fiscalía, sin echarse la culpa entre ellos. Pero como pueden imaginarse, tener coacusados en un caso complica, por lo menos, el análisis estratégico que su equipo legal tendrá que hacer en su caso.
Preguntas frecuentes
Aquí puede explorar las preguntas frecuentes y trascendentales acerca del derecho penal en California.
Defienda su libertad
Las circunstancias en los casos de coacusados pueden ser muy delicadas, y por eso es muy importante tener un equipo legal fuerte y capacitado. En las oficinas del defensor público tenemos amplia experiencia en estas instancias, y frecuentemente litigamos los pedimentos para la separación de acusados y las mociones para excluir las declaraciones extrajudiciales (fuera de la corte) de un coacusado que incrimine a otro de los coacusados. Por este motivo les invito a que visiten la página de la oficina del defensor público asignada a su condado para obtener mayor información y tomar la mejor decisión en defensa de su libertad.