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Derecho Penal en California

Defensas legales

Una persona se puede defender de un caso criminal de muchas maneras, y estas incluyen atacar la forma como se adquirió la evidencia, el uso que la fiscalía le pretende dar a esta en la corte, o alguna otra ilegalidad asociada con las acciones del gobierno. Pero estas estrategias están exploradas en la sección del portal designada como Mociones.

En esta sección nos concentraremos específicamente en las defensas legales de un caso, con un énfasis en la etapa del juicio por jurado. Una de las principales defensas, es atacar la suficiencia de la evidencia, lo cual es fundamental en todos y cada uno de los casos. Pero además de esto exploraremos otras de las defensas más recurrentes en los casos criminales.

Insuficiencia de la Evidencia

En todo caso criminal, la fiscalía tiene la obligación de comprobar cada elemento de cada ofensa más allá de toda duda razonable, y de lo contrario el acusado o acusada permanece en inocencia. Por este motivo, la insuficiencia de la evidencia es la parte integral de toda defensa.

Ejemplos de otras defensas

Inconsciencia

La inconsciencia, cuando no es el resultado de una intoxicación voluntaria, puede ser una defensa absoluta a los cargos. La instruccion esta en el Calcrim no. 3425.

Coartada ("Alibi")

Esta defensa es un argumento de inculpabilidad por estar en otro lugar en el momento del crimen, en cuyo caso la fiscalía debe demostrar lo contrario al jurado (Calcrim 3400).

Estatuto de limitaciones

No se debe de condenar a un acusado o acusada cuando se excede el estatuto de limitaciones para el cargo. La fiscalía debe de demostrar la vigencia del caso (Calcrim 3410).

Incapacidad mental

Una enfermedad, defecto, o trastorno mental, puede ser considerado para decidir si el acusado o acusada actuó con la intención o estado mental requerido (Calcrim 3428).

Expulsar a un intruso

El dueño u ocupante de una propiedad puede solicitar que un intruso la abandone, y si se niega y se supone una amenaza, se puede usar fuerza razonable para sacarle (Calcrim 3475).

Defender bienes o propiedad

El propietario o poseedor de bienes, inmuebles o muebles, puede hacer uso de una fuerza razonable para proteger dichos bienes de un daño inminente (Calcrim 3476).

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